martes. 16.04.2024

Hoy empezamos con una cuestión de veracidad tan simple cómo explicaros bien qué es un “Sello Discográfico” y en que consiste su trabajo desde el principio.

Como definición popular encontramos que se trata de una Empresa de producción y gestión de discos musicales.

- ¿Una EMPRESA?

Sí, es una Empresa Completamente Legal (cómo una panadería o una pescadería) que se ha preocupado de Hacer y Pagar todos los trámites necesarios.

- Pero ¿a qué trámites legales te refieres?

Vamos a ir paso a paso para que todos podáis entender su constitución y su funcionamiento.

El primero de los pasos es La Creación Legal de la Empresa con su registro cómo Autónomos ó Sociedades, presentación de documentos en Hacienda, el pago a la Seguridad Social como creación del negocio y/o asalariados, formación de la Sede Fiscal y Física, la presentación del Plan de Proyecto y el Registro Mercantil de la función de la empresa pagando las tasas y licencias correspondientes a los servicios que va a prestar y sus cuotas (Tales como Registro de la Propiedad Intelectual ó Autoría del producto, Producción, Fabricación, Venta y Distribución) cumpliendo estos requisitos mínimos el Creador de la empresa recibe un número fiscal de negocio y puede empezar a funcionar,

” Como dato curioso os adelanto que son cerca de 50 gestiones diferentes las que hacen falta”.

- Pero mi sello no hace nada de eso…

Lamentablemente debo decirte que no estás en un Sello Discográfico del todo legal amig@ , y es posible que si generas algún tipo de beneficio con los Royalties no llegue a tu bolsillo, o por falta de permisos y concesiones ó simplemente por desconocimiento sobre este tema por parte de “TU JEFE”.

- ¿Royalties?

Se trata del Canon o Tasa que se paga al titular de la patente (En éste caso entendemos Patente como Propiedad Musical o Disco) por la cesión de uso que hace de ellos a otra persona o entidad (Llamado Derechos de Autor) como ejemplo os pongo el siguiente:

” Hacéis una canción que suena en todos los medios disponibles como radio, tv y canales de internet y la usan como sintonía sin los derechos de compra, cada vez que reproducen vuestra canción os tienen que pagar por ello (Siempre que podáis demostrar la autoría de dicha canción mediante registros LEGALES) o directamente la compran y no os llega esa información de la venta”, además de la exposición en público del producto como pueda ser un concierto, en ese momento no sólo se cobra por la venta de entradas sino también por la difusión de tu música en espacios (Ya sean discotecas, festivales, bares ó pubs, independientemente del aforo que tenga cada local ó recinto pagan su canon a la Sociedad General de Autores y Editores - S.G.A.E. y estos últimos se encargan de gestionar el cobro de ese tipo de difusión ya que previamente ha debido ser registrado como propio).

Teniendo en cuenta todos estos factores a grandes rasgos sin querer entrar en tecnicismos ni detalles odiosos espero sepáis diferenciar un Sello Discográfico Legal del que NO lo es, y ahora vamos a la opinión personal que tanto esperabais.

Me gustaría que entendierais el mensaje y no vaya fuera de dónde va dirigido, la información.

Crear una página en redes sociales tal como Facebook siendo “Sello Discográfico” , NO otorga derechos de función como tal, y mucho menos os asegura que vuestro trabajo esté libre de ser carroñado por hienas oportunistas que esperan el más mínimo descuido para poder aprovecharse de vuestro trabajo, ya sea talentoso o no.

Decir en voz alta y por todos los rincones de la esfera terráquea soy el dueño de un sello, no da legitimidad a ello, es más, en esos casos que siempre nos encontramos, deberíais pedirle el número fiscal para poder investigar si es viable en Hacienda trabajar con esa persona y comprobar la solvencia de su empresa, ahí veréis si es una empresa o no.

- A rasgos muy personales os diré que hace un par de años intentamos montar una empresa de estas características y fue terriblemente imposible, ya que sólo el coste en licencias y gestiones para la constitución superaban los 30.000€, (Propiedad Industrial, Propiedad Intelectual, Gestores, Abogados, Gastos de representación de artistas, Gastos de Estudio y Producción musical, Publicidad y Merchandising).

Por tanto, NO y digo NO, nunca os fiéis de nadie en cuestión de negocios musicales sino es mediante un contrato que previamente contrastéis con un abogado de confianza, el dinero es un caramelo que todos quieren saborear sin compartir, tened cuidado y no tengáis prisa en hacer las cosas del modo correcto, os evitará disgustos y será mucho más gratificante.

By Miguel Adán.

Sellos discográficos ¿Verdad o mentira?
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